ACTIVOS INTANGIBLES
Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB, institución privada con sede en Londres. Constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable de la forma como es aceptable en el mundo .
En esta oportunidad te traemos un resumen de esta norma.
Resumen NIC 38
Describe los requisitos contables para los activos intangibles, que son activos no monetarios sin sustancia física e identificables (ya sea separables o que surjan de derechos contractuales u otro derechos legales. )Los activos intangibles que cumplen los criterios de reconocimiento relevantes se miden inicialmente al costo, posteriormente se midan al costo o utilizando el modelo de revaluación, y se amortizan de manera sistemática durante su vida útil ( a menos que el activo tenga una vida útil indefinida, en cuyo caso no se amortiza)
DETALLE PRIMEROS ARTÍCULOS
Norma Internacional de Contabilidad 38
Activos intangibles
Objetivo
1-El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige revelar información específica sobre estos activos.
Alcance
2-Esta Norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos:
(a) activos intangibles que estén tratados en otras Normas;
(b) activos financieros, tal como se define en la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación;
(c) el reconocimiento y medición de activos para exploración y evaluación (véase la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales); y
(d) desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.
3-En el caso de que otra Norma se ocupe de la contabilización de una clase específica de activo intangible, la entidad aplicará esa Norma en lugar de la presente. Por ejemplo, esta Norma no es aplicable a:
(a) Activos intangibles mantenidos por la entidad para su venta en el curso ordinario de sus actividades (véase la NIC 2 Inventarios).
(b) Activos por impuestos diferidos (véase la NIC 12 Impuesto a las Ganancias).
(c) arrendamientos de activos intangibles contabilizados de acuerdo con la NIIF 16 Arrendamientos.
(d) activos que surjan por beneficios a los empleados (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados);
(e) activos financieros tal como se define en la NIC 32. El reconocimiento y la medición de algunos activos financieros están cubiertos por la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados, en la NIC 27 Estados Financieros Separados, y en la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos.
(f) Plusvalía adquirida en una combinación de negocios (véase la NIIF 3 Combinaciones de Negocios).
(g) contratos dentro del alcance de la NIIF 17 Contratos de Seguros.
(h) Activos intangibles no corrientes (o incluidos en un grupo de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta) de acuerdo con la NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para la Venta y Operaciones Discontinuadas.
(i) Activos que surgen de contratos con clientes que se reconocen de acuerdo con la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.
4-Algunos activos intangibles pueden estar contenidos en, o contener, un soporte de naturaleza o apariencia física, como es el caso de un disco compacto (en el caso de programas informáticos), de documentación legal (en el caso de una licencia o patente) o de una película. Al determinar si un activo que incluye elementos tangibles e intangibles se tratará según la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, o como un activo intangible según la presente Norma, la entidad realizará el oportuno juicio para evaluar cuál de los dos elementos tiene un peso más significativo. Por ejemplo, los programas informáticos para un ordenador que no pueda funcionar sin un programa específico son una parte integrante del equipo, y serán tratados como elementos de las propiedades, planta y equipo. Lo mismo se aplica al sistema operativo de un ordenador. Cuando los programas informáticos no constituyan parte integrante del equipo, serán tratados como activos intangibles
5-Esta Norma es de aplicación, entre otros elementos, a los desembolsos por gastos de publicidad, formación del personal, comienzo de la actividad o de la entidad y a los correspondientes a las actividades de investigación y desarrollo. Las actividades de investigación y desarrollo están orientadas al desarrollo de nuevos conocimientos. Por tanto, aunque de este tipo de actividades pueda derivarse un activo con apariencia física (por ejemplo, un prototipo), la sustancia material del elemento es de importancia secundaria con respecto a su componente intangible, que viene constituido por el conocimiento incorporado al activo en cuestión.
6-Los derechos mantenidos por un arrendatario por acuerdos de concesión o licencia, para elementos tales como películas, grabaciones en vídeo, obras de teatro, manuscritos, patentes y derechos de autor, dentro del alcance de la presente Norma y que están excluidos del alcance de la NIIF 16.
7-Las exclusiones del alcance de una Norma pueden producirse en ciertas actividades u operaciones en las que, por ser de una naturaleza muy especializada, surjan aspectos contables que necesitan un tratamiento diferente. Este es el caso de la contabilización de los desembolsos por exploración, desarrollo o extracción de petróleo, gas y otros depósitos minerales, en las industrias extractivas, así como en el caso de los contratos de seguro. Por tanto, esta Norma no es de aplicación a los desembolsos realizados en estas operaciones y contratos. No obstante, esta Norma será de aplicación a otros activos intangibles utilizados (como los programas informáticos) y otros desembolsos realizados (como los que correspondan al inicio de la actividad), en las industrias extractivas o en las entidades aseguradoras.
Continua..
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