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Foto del escritorEstefanny Rodriguez Martinez

NIC 41- Agricultura

AGRICULTURA



Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB, institución privada con sede en Londres. Constituyen los Estándares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable de la forma como es aceptable en el mundo .


En esta oportunidad te traemos un resumen de esta norma.


Resumen NIC 41


Establece la contabilización de la actividad agrícola: la transformación de activos biológicos (plantas y animales vivos) en productos agrícolas (producto cosechado de los activos biológicos de la entidad). La norma generalmente requiere que los activos biológicos se midan a valor razonable menos los costos de ventas.


DETALLE PRIMEROS ARTÍCULOS




Norma Internacional de Contabilidad 41

Agricultura


Objetivo


El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.


Alcance


1- Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente, siempre que se encuentre relacionado con la actividad agrícola:

(a) activos biológicos, excepto las plantas productoras

(b) productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección; y

(c) subvenciones del gobierno cubierta por los párrafos 34 y 35.


2- Esta Norma no es aplicable a:

(a) los terrenos relacionados con la actividad agrícola (véanse la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo y la NIC 40 Propiedades de Inversión).

(b) las plantas productoras relacionadas con la actividad agrícola (véase la NIC 16). Sin embargo, esta Norma se aplicará a los productos de esas plantas productoras.

(c) Las subvenciones del gobierno relacionadas con las plantas productoras (véase la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales).

(d) los activos intangibles relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 38 Activos Intangibles).

(e) activos por derecho de uso que surgen de un arrendamiento de terrenos relacionados con actividades de agricultura (véase la NIIF 16 Arrendamientos).


3-Esta Norma se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo hasta el punto de su cosecha o recolección. A partir de ese momento, se utilizan la NIC 2 Inventarios o las otras Normas relacionadas con los productos. De acuerdo con ello, esta Norma no trata del procesamiento de los productos agrícolas tras la cosecha o recolección; por ejemplo, el que tiene lugar con las uvas para su transformación en vino por parte del viticultor que las ha cultivado. Aunque tal procesamiento pueda constituir una extensión lógica y natural de la actividad agrícola, y los eventos que tienen lugar guardan alguna similitud con la transformación biológica, tales procesamientos no están incluidos en la definición de actividad agrícola manejada por esta Norma.


Continua..




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